lunes, 13 de agosto de 2012

PROPOSITO DE LA UNIDAD CURRICULAR

PROPÓSITO DE LA UNIDAD CURRICULAR El objeto de estudio de esta unidad curricular es difundir y contribuir a la cultura ético-jurídico sobre el ambiente para la promoción de la educación ambiental e incidir en el cambo de mentalidad requerida para hacer frente a uno de los mas grandes retos que la humanidad ha tenido que enfrentar, cual es el de reconstruir la relación hombre-ambiente. Entre la premisas en que se basa el Derecho Ambiental, esta el acceso a la justicia, pues se tiene como objetivo que la relación hombre-naturaleza se torne mas armónica; se trata de acceder en consecuencia, a un modelo de regulaciones que podemos denominar como el derecho a un medio ambiente sano o adecuado y que puede estructurarse así : _ Derecho a la información ambiental. _Derecho a la participación social en la toma de decisiones. _Derecho a elegir la protección y reparación del daño ambiental. Estos mencionados derechos resumen casi de forma general, todos aquellos derechos que conforman la posibilidad y libertad de disfrutar de un ambiente apropiado y salubre que es una categoría conceptual en la cual se encuentran tanto derechos fundamentales como el de la vida, que están complementados con derechos que pueden considerarse como mas modernos, como el derecho a estar informados o a conocer el riesgo en el que se encuentra la humanidad por vivir en un ambiente tan afectado. En relación a esto, la unidad curricular, tomara en cuenta y se apoyara en los derechos que están incorporados dentro del derecho a un ambiente propicio para el desarrollo de la vida, de los conceptos en que se fundamenta, así como de los mecanismos para su defensa. Cabe señalar que estos últimos en nuestro país aun se están construyendo y estructurando, pues se tiene la errónea concepción que es relativamente nuevo (la primera referencia significativa esta contenida en la Constitución de 1999 y que retomaremos más adelante, donde también se reflejan términos relacionados con la situación ambiental y por ende legal). En el desarrollo de la unidad curricular, desde el punto de vista teórico se desea aclarar una serie de inquietudes que pudieran responder a la razón de ser del novísimo Programa de Formación de Grado, como el de Gestión Ambiental pudiéndose resumir en: ¿con cuales recursos jurídicos cuenta el ciudadano venezolano para ejercer su derecho y hacer cumplir las obligaciones de otros?. Este cuestionamiento resume las siguientes inquietudes: ¿Cuáles son los derechos relativos al medio ambiente que reconoce el sistema jurídico venezolano para su condición? , ¿Cuáles son sus posiciones frente al medio ambiente? , ¿En que instrumentos jurídicos se encuentra consagrado este derecho: en la Constitución, en alguna Ley, en reglamentos, en normas?, ¿existen instrumentos jurídicos internacionales en la materia? , ¿Qué autoridad jurisdiccional es competente para conocer algún asunto de su interés?, ¿Qué autoridad no jurisdiccional puede conocer del asunto? , ¿Dónde debe tramitarse el reclamo de sus derechos?. De igual manera, se pretende analizar las diferentes formas que asume el derecho a un ambiente sano, salubre y conveniente, desde su conceptualizacion. Para ello se tomara como base el concepto de derecho que en castellano es sinónimo de potestad, es decir, que determinados sujetos tienen tal potestad de promover el funcionamiento del aparato coactivo del Estado para que otros actúen conforme a la ley. En el caso del medio ambiente, la forma de actuar asumida por los sujetos frente a él y que se traduce en un signo de aprovechamiento, intercambio y destino de los elementos naturales, conforman el ecosistema y son los recursos naturales. En tal sentido, estamos en un actuar colectivo que, basado en valores y principios en los cuales se ha dejado de lado el respeto al ambiente, se han convertido en procesos que han deteriorado de manera irracional e inmisericorde a la naturaleza. Por todo esto, la reflexión apunta hacia que el derecho a un medio ambiente adecuado sea una potestad que tiene todo ser humano para exigir un cambio en las formas de tenencia, propiedad, aprovechamiento, destino, producción y desperdicio de los recursos naturales. Lo antes expuesto tiene fundamento jurídico en distintas instituciones que han sido desarrolladas a través del tiempo y que por desgracia no han evolucionado para incorporar dentro de ellas nuevas formas armónicas y acordes con la naturaleza. Es una potestad que atañe a todos; no solo es un derecho que implica exigir la transformación en el modo de ser y actuar de los otros para con el ambiente sino que es a su vez una obligación de actuar y ser respetuosos con el ambiente y los elementos que lo integran, en el entendido que es nuestro compromiso y deber garantizar el derecho a la vida que tienen las futuras generaciones. En el abordaje de todos estos aspectos y habiendo hecho referencia a la relación con el Derecho Constitucional, no se puede obviar la parte que esta referida al aspecto internacional y como seria la ejecución del Derecho Ambiental en este ámbito, toda vez que formamos parte de un mundo en constante cambo e interrelación y donde los conflictos bélicos afectan el medio ambiente; en tal sentido la necesidad de analizar la política ambiental internacional y la relación y pertinencia del Derecho Ambiental con el Derecho Internacional. Si bien la preocupación sobre cuestiones ambientales se inicio a finales del siglo XIX, no fue sino hasta el siglo XX cuando la humanidad tuvo que enfrenar el reto del deterioro ambiental; siendo en la segunda posguerra del mencionado siglo, como una forma de dar a conocer las repercusiones de la violencia y de la guerra que la naturaleza muestra su cansancio. Así, a finales de la década de los sesenta y en los terribles setenta cuando irrumpen movimientos sociales que con un fundamente pacifista, el retorno a lo natural asalta a la humanidad: en las consignas de amor y paz la Comuna de Paris, el naturismo, el vegetarianismo, los krishnas, los hippie, los betniks los feministas, los guy, el indigenismo, aparece también el movimiento ecologista, primero con versiones conservacionistas para derivar en movimientos ambientales y aun en partidos políticos denominados verdes. Ante un movimiento social de tal magnitud, y con tan variadas manifestaciones, se da la respuesta estatal. Los Estados, preocupados más en el establecimiento de la nueva geografía y el orden económico internacional, tuvieron que empezar a tomar en cuenta las demandas surgidas de las voces de alerta sobre el deterioro del planeta. El mundo supo de pronto que a partir de la guerra fría, por la amenaza nuclear, el planeta en cuestión de segundos, desaparecería; pero el lento deterioro, la contaminación, la erosión, la deforestación eran amenazas que implicaban mayor peligro debido a que la causa era indefinida y todos serian responsables. Una nueva conciencia se requería para poder reconstruir todo aquello que la violencia, la explotación y el irracionalismo habían destruido. Se dio inicio entonces a una serie de acciones en aras de enfrentar la delicada situación que se vislumbraba; sobre todo en los campus universitarios y centros de investigación, emerge esta nueva forma de ser y hacer para que el planeta no se destruya. En los reclamos asumidos por los Estados, lo primero que se hizo fue abrir una serie de espacios para la discusión una vez que el tema llego al seno de las asambleas ordinarias de las Naciones Unidas. La primera gran reunión que se proyecto a finales de los sesenta fue la Conferencia de Estocolmo precedida de una serie de reuniones preparatorias y seguida por una cadena de foros y debates, donde se encuentran: la Declaración de Río de 1992, la Agenda 21 que dieron paso a la convención de Naciones Unidas sobre cambio climático (UNCED), diversidad biológica, Protocolo de Montreal y una variada gama de acuerdos internacionales sobre diversos tópicos ,hasta llegar a los actuales; que serán objeto de estudio y análisis en el contenido programático de esta unidad curricular y que obedeciendo al proceso inter y transdiciplinario se integrara con los postulados del derecho sobre Derechos Humanos, entre otros. Conocer los principios legales regulatorios que garanticen un sistema de gestión de calidad ambiental, permitiendo una visión integradora entre las actividades humanas y la calidad de vida.

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