lunes, 13 de agosto de 2012
PROPOSITO DE LA UNIDAD CURRICULAR
PROPÓSITO DE LA UNIDAD CURRICULAR
El objeto de estudio de esta unidad curricular es difundir y contribuir a la
cultura ético-jurídico sobre el ambiente para la promoción de la educación
ambiental e incidir en el cambo de mentalidad requerida para hacer frente a
uno de los mas grandes retos que la humanidad ha tenido que enfrentar, cual
es el de reconstruir la relación hombre-ambiente.
Entre la premisas en que se basa el Derecho Ambiental, esta el acceso a la
justicia, pues se tiene como objetivo que la relación hombre-naturaleza se
torne mas armónica; se trata de acceder en consecuencia, a un modelo de
regulaciones que podemos denominar como el derecho a un medio ambiente
sano o adecuado y que puede estructurarse así :
_ Derecho a la información ambiental.
_Derecho a la participación social en la toma de decisiones.
_Derecho a elegir la protección y reparación del daño ambiental.
Estos mencionados derechos resumen casi de forma general, todos aquellos
derechos que conforman la posibilidad y libertad de disfrutar de un ambiente
apropiado y salubre que es una categoría conceptual en la cual se
encuentran tanto derechos fundamentales como el de la vida, que están
complementados con derechos que pueden considerarse como mas
modernos, como el derecho a estar informados o a conocer el riesgo en el
que se encuentra la humanidad por vivir en un ambiente tan afectado.
En relación a esto, la unidad curricular, tomara en cuenta y se apoyara en los
derechos que están incorporados dentro del derecho a un ambiente propicio
para el desarrollo de la vida, de los conceptos en que se fundamenta, así
como de los mecanismos para su defensa. Cabe señalar que estos últimos
en nuestro país aun se están construyendo y estructurando, pues se tiene la
errónea concepción que es relativamente nuevo (la primera referencia
significativa esta contenida en la Constitución de 1999 y que retomaremos
más adelante, donde también se reflejan términos relacionados con la
situación ambiental y por ende legal).
En el desarrollo de la unidad curricular, desde el punto de vista teórico se
desea aclarar una serie de inquietudes que pudieran responder a la razón de
ser del novísimo Programa de Formación de Grado, como el de Gestión
Ambiental pudiéndose resumir en: ¿con cuales recursos jurídicos cuenta el
ciudadano venezolano para ejercer su derecho y hacer cumplir las
obligaciones de otros?.
Este cuestionamiento resume las siguientes inquietudes: ¿Cuáles son los
derechos relativos al medio ambiente que reconoce el sistema jurídico
venezolano para su condición? , ¿Cuáles son sus posiciones frente al medio
ambiente? , ¿En que instrumentos jurídicos se encuentra consagrado este
derecho: en la Constitución, en alguna Ley, en reglamentos, en normas?,
¿existen instrumentos jurídicos internacionales en la materia? , ¿Qué
autoridad jurisdiccional es competente para conocer algún asunto de su
interés?, ¿Qué autoridad no jurisdiccional puede conocer del asunto? ,
¿Dónde debe tramitarse el reclamo de sus derechos?.
De igual manera, se pretende analizar las diferentes formas que asume el
derecho a un ambiente sano, salubre y conveniente, desde su
conceptualizacion. Para ello se tomara como base el concepto de derecho
que en castellano es sinónimo de potestad, es decir, que determinados
sujetos tienen tal potestad de promover el funcionamiento del aparato
coactivo del Estado para que otros actúen conforme a la ley.
En el caso del medio ambiente, la forma de actuar asumida por los sujetos
frente a él y que se traduce en un signo de aprovechamiento, intercambio y
destino de los elementos naturales, conforman el ecosistema y son los
recursos naturales. En tal sentido, estamos en un actuar colectivo que,
basado en valores y principios en los cuales se ha dejado de lado el respeto
al ambiente, se han convertido en procesos que han deteriorado de manera
irracional e inmisericorde a la naturaleza.
Por todo esto, la reflexión apunta hacia que el derecho a un medio
ambiente adecuado sea una potestad que tiene todo ser humano para
exigir un cambio en las formas de tenencia, propiedad,
aprovechamiento, destino, producción y desperdicio de los recursos
naturales.
Lo antes expuesto tiene fundamento jurídico en distintas instituciones que
han sido desarrolladas a través del tiempo y que por desgracia no han
evolucionado para incorporar dentro de ellas nuevas formas armónicas y
acordes con la naturaleza.
Es una potestad que atañe a todos; no solo es un derecho que implica exigir
la transformación en el modo de ser y actuar de los otros para con el
ambiente sino que es a su vez una obligación de actuar y ser respetuosos
con el ambiente y los elementos que lo integran, en el entendido que es
nuestro compromiso y deber garantizar el derecho a la vida que tienen las
futuras generaciones.
En el abordaje de todos estos aspectos y habiendo hecho referencia a la relación
con el Derecho Constitucional, no se puede obviar la parte que esta
referida al aspecto internacional y como seria la ejecución del Derecho
Ambiental en este ámbito, toda vez que formamos parte de un mundo en
constante cambo e interrelación y donde los conflictos bélicos afectan el
medio ambiente; en tal sentido la necesidad de analizar la política ambiental
internacional y la relación y pertinencia del Derecho Ambiental con el Derecho
Internacional.
Si bien la preocupación sobre cuestiones ambientales se inicio a finales del
siglo XIX, no fue sino hasta el siglo XX cuando la humanidad tuvo que
enfrenar el reto del deterioro ambiental; siendo en la segunda posguerra del
mencionado siglo, como una forma de dar a conocer las repercusiones de la
violencia y de la guerra que la naturaleza muestra su cansancio.
Así, a finales de la década de los sesenta y en los terribles setenta cuando
irrumpen movimientos sociales que con un fundamente pacifista, el retorno a
lo natural asalta a la humanidad: en las consignas de amor y paz la Comuna
de Paris, el naturismo, el vegetarianismo, los krishnas, los hippie, los betniks
los feministas, los guy, el indigenismo, aparece también el movimiento
ecologista, primero con versiones conservacionistas para derivar en
movimientos ambientales y aun en partidos políticos denominados verdes.
Ante un movimiento social de tal magnitud, y con tan variadas
manifestaciones, se da la respuesta estatal.
Los Estados, preocupados más en el establecimiento de la nueva geografía
y el orden económico internacional, tuvieron que empezar a tomar en cuenta
las demandas surgidas de las voces de alerta sobre el deterioro del planeta.
El mundo supo de pronto que a partir de la guerra fría, por la amenaza
nuclear, el planeta en cuestión de segundos, desaparecería; pero el lento
deterioro, la contaminación, la erosión, la deforestación eran amenazas que
implicaban mayor peligro debido a que la causa era indefinida y todos serian
responsables. Una nueva conciencia se requería para poder reconstruir todo
aquello que la violencia, la explotación y el irracionalismo habían destruido.
Se dio inicio entonces a una serie de acciones en aras de enfrentar la
delicada situación que se vislumbraba; sobre todo en los campus
universitarios y centros de investigación, emerge esta nueva forma de ser y
hacer para que el planeta no se destruya.
En los reclamos asumidos por los Estados, lo primero que se hizo fue abrir
una serie de espacios para la discusión una vez que el tema llego al seno de
las asambleas ordinarias de las Naciones Unidas.
La primera gran reunión que se proyecto a finales de los sesenta fue la
Conferencia de Estocolmo precedida de una serie de reuniones preparatorias
y seguida por una cadena de foros y debates, donde se encuentran: la
Declaración de Río de 1992, la Agenda 21 que dieron paso a la convención
de Naciones Unidas sobre cambio climático (UNCED), diversidad biológica,
Protocolo de Montreal y una variada gama de acuerdos internacionales sobre
diversos tópicos ,hasta llegar a los actuales; que serán objeto de estudio y
análisis en el contenido programático de esta unidad curricular y que
obedeciendo al proceso inter y transdiciplinario se integrara con los
postulados del derecho sobre Derechos Humanos, entre otros.
Conocer los principios legales regulatorios que garanticen un sistema de
gestión de calidad ambiental, permitiendo una visión integradora entre las
actividades humanas y la calidad de vida.
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario